DNU: la Corte rechazó un pedido de per saltum en contra
Lo había presentado el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, pero consideraron que no había controversia
Por Redacción
El pedido de per saltum presentado por el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez contra el DNU 70/23 del gobierno del presidente Javier Milei fue rechazado hoy por unanimidad por la La Corte Suprema de Justicia, que consideró en su decisión que no había “caso concreto”, “causa” o “controversia” para acelerar el debate de la norma, tal y como había solicitado el letrado en su presentación.
El reconocido abogado constitucionalista impulsó esta causa, señalando como objetivo que se le ordene a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores que, en el plazo de 30 días hábiles, den “expreso e inmediato tratamiento” al DNU para rechazarlo o aprobarlo en el marco de la ley 26.122.
Antes de la Corte, el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°1 ya había desestimado el planteo, esbozando el mismo argumento de ausencia de “controversia”. Fue tras este fallo que Gil Domínguez interpuso recurso extraordinario por salto de instancia (per saltum) a la Corte Suprema.
El máximo tribunal en su respuesta, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, recordó este martes que la admisibilidad del recurso extraordinario se encuentra subordinada a la existencia de un caso o controversia, y vale repasar que la Corte Suprema había rechazado anteriormente dos planteos contra el decreto de necesidad y urgencia DNU 70/23 del gobierno de Javier Milei. En esos casos, las acciones impulsadas por el gobierno de La Rioja y por la agrupación de abogados Gente de Derecho.
Luego de esta resolución, entonces, el DNU mantiene su vigencia, con la excepción de los capítulos que fueron expresamente suspendidos o invalidados por otros tribunales, como por ejemplo la reforma laboral o la derogación de la Ley de Tierras.